TSJ. Sala de Casación Civil. Sentencia RC000022 del 11.02.2010, caso: AGAPITO RIVERO SALAZAR, contra JOSÉ GERARDO GUARISMA ÁLVAREZ y otro.
“(…) una vez más ratifica esta Sala de Casación Civil que, al declararse inadmisible la demanda por haberse declarado procedente la falta de cualidad de la parte demandada para sostener el juicio, como ocurre en el caso bajo análisis, hubo un vencimiento total el cual es favorable al demandado, y por consiguiente debe producirse la condenatoria en costas del juicio a la parte perdidosa, que en la actual causa lo representa la parte actora.
Así pues, siendo evidente el vencimiento total de la actora en el presente juicio por indemnización de daños y perjuicios, el Juez ad quem debió condenarla al pago de las costas del proceso, determinándose con ello, que efectivamente la recurrida interpretó erróneamente el contenido del artículo 274 del Código de Procedimiento Civil al considerar que ‘la inadmisibilidad de la demanda interpuesta, no significa que existe vencimiento total y por ende no hay condenatoria en costas del juicio’. Así se establece”.
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