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Mostrando las entradas con la etiqueta Rendición de Cuentas

Documento fundamental para la rendición de cuentas.

TSJ. Sentencia de la Sala de Casación Civil RC-01037 del 19/12/2006, caso: GILBER AVILIO SUPERLANO MANTILLA, contra FANY MARÍA PÉREZ DE CAICEDO y otro.  “De acuerdo con la norma supra transcrita [artículo 673 del Código de Procedimiento Civil], el demandante forzosamente tiene que acreditar ‘ de modo auténtico ’ la obligación del demandado de rendir cuentas. Se refiere la ley pues, al documento fehaciente, que produzca fe, al privado reconocido judicialmente o tenido legalmente por reconocido, por lo que no únicamente al instrumento público o auténtico; la presentación de este documento fundamental, constituye un requisito de admisibilidad de la acción, vale decir, para que el juez decrete la intimación del demandado”.

Rendición de cuentas vs liquidación y partición de bienes de la comunidad conyugal.

TSJ. Sentencia de la Sala de Casación Social Nº 1144 del 3 de diciembre de 2015, caso: MIREYA CRISTINA CAMBERO CORDERO, contra JOSÉ FERNANDO DE MATOS REBOLLEDO. “Cabe precisar que por disposición del Código Civil, quien ha administrado los bienes de otro tiene el deber correlativo de responder por su gestión. En efecto, la rendición de cuentas puede ser entendida como la facultad legal que se le confiere a quien haya encomendado a un tercero la gestión o realización de uno o algunos negocios jurídicos, de exigirle a éste un estado contable sobre los actos realizados en su nombre y representación. En el caso de los bienes pertenecientes a la comunidad conyugal, la obligación de rendir cuentas tiene asidero jurídico en los artículos 168, 170 y 171, eiusdem, que tradicionalmente era tramitada bajo las reglas del procedimiento ejecutivo especial previsto en el Código de Procedimiento Civil, que exige que el libelo de demanda llene ciertos extremos legales adicionales, que dependerán de ...

Cuestiones previas o de fondo al momento de la oposición en el juicio de rendición de cuentas (si).

TSJ. Sala de Casación Civil. Sentencia RC00114 del 03.04.2003, caso: CARLOS RODRÍGUEZ SALAZAR, contra OSWALDO OBREGÓN y otros.   “(…) de conformidad con el criterio anteriormente expuestos, esta Sala de Casación Civil determina que en el juicio de rendición de cuentas puede el demandado, al momento de la oposición, alegar otras cuestiones previas o de fondo . Interpretar lo contrario,  implicaría una violación al derecho a la defensa del demandado, pues éste sólo podría oponer cuestiones previas o de fondo en caso de que su oposición procediera por alguna de las causales previstas en el Código de Procedimiento Civil, con lo cual se desvirtúa el carácter saneador y previo al contradictorio propio de esta clase de defensa”.

Rendición de cuentas. Nuevo Criterio. Legitimación socios minoritarios (si).

TSJ. Sala de Casación Civil. Sentencia RC000162 del 11.03.2016, caso: MARÍA EUGENIA GARCÍA DE SUÁREZ contra MAIGUALIDA MOGOLLÓN ORTEGA .   “Tal como claramente se desprende del criterio de la Sala Constitucional, la facultad para acudir ante el Juez de comercio y denunciar presuntas irregularidades administrativas cometidas por los administradores, era inicialmente de los socios mayoritarios ahora tal legitimación es inclusive de los socios minoritarios, y éstos podrán denunciar los hechos al Tribunal de Comercio, cuando se abriguen fundadas sospechas de graves irregularidades en el cumplimiento de sus deberes por parte de los administradores y falta de vigilancia de los comisarios, acreditando únicamente el carácter con que proceden. Este nuevo criterio de interpretación del artículo 291 del Código de Comercio, la Sala de Casación Civil lo tendrá en cuenta para casos futuros, incluso extensibles al artículo 310 del Código de Comercio, y además lo comparte plenamente, pu...