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Valor probatorio de los correos electrónicos.

TSJ. Sala de Casación Civil. Sentencia RC. 000274 del 30.05.2013, caso: ORIÓN REALTY C.A., contra FRANKLIN DEL VALLE RODRIGUÉZ ROCA.

"De conformidad con la citada ley especial, el valor probatorio de los mensajes de datos, es asimilable al de los documentos escritos y están sujetos a las regulaciones que plantea el artículo 395 del Código de Procedimiento Civil en lo referido a la prueba libre, por lo que el juez superior al apreciarlos con el mismo valor que se les da a las copias o reproducciones fotostáticas, aplicó correctamente el Decreto con Fuerza de Ley Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, al caso concreto".

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