TSJ. Sala Constitucional. Sentencia N° 1353 de fecha 13 de agosto de 2008, expediente N° 07-1354, caso: CORPORACIÓN ACROS, C.A.
"(...)
la casación de oficio, más que una facultad discrecional, constituye un
verdadero imperativo constitucional, porque '...asegurar la integridad de
las normas y principios constitucionales es una obligación de todos los jueces
y juezas de la República, en el ámbito de sus competencias (ex artículo 334 de
la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela)...”.
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