El no acompañamiento junto con la demanda del instrumento fundamental no acarrea su inadmisibilidad.
TSJ. Sala Constitucional. Sentencia # 900 del 13.12.2018, caso: WILMER ANTONIO GONZÁLEZ MENDOZA.
"De las normas transcritas no se deduce que le esté permitido al juez la posibilidad de negar la admisión de una demanda por no haberse acompañado junto con la misma el instrumento fundamental, puesto que la sanción que impone el artículo 434 del Código de Procedimiento Civil es que el o los instrumentos fundamentales no puedan ser admitidos después, de allí que la decisión cuestionada se basa en un criterio erróneo del sentenciador que viola el derecho a la tutela judicial efectiva del demandante, aquí solicitante de revisión".
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