TSJ: Sentencia de la Sala de Casación Social Nº 1036 del 13/12/2018, caso: ALEXIS JESÚS ARÉVALO MORILLO.
“…estos instrumentos [garantía de permanencia y carta de registro
agrario] otorgan al beneficiario la protección de su ocupación con fines
productivos, constituyendo los mismos una autorización provisional de uso,
ocupación o permanencia del lote de terreno determinado en ellos, encontrándose
supeditada la vigencia de éstos estrictamente al cumplimiento de la actividad
agroproductiva, previéndose como causal de revocatoria de estos títulos ‘cuando
previa inspección se determine la ausencia de producción o desarrollo de
actividades agrícolas y el abandono del lote por parte del (los) beneficiario
(s)’. Por tanto, se advierte que con los aludidos instrumentos no se
confiere la propiedad agraria sobre las tierras como es solicitado en la
presente causa”.
Comentarios
Publicar un comentario