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Mostrando las entradas con la etiqueta Citación Jurisprudencia

Casación de oficio y sin reenvío por no haberse declarado la perención de la instancia.

TSJ. Sentencia Sala de Casación Civil RC.00298 del 12 de junio de 2003, Caso: BANCO CONSTRUCCIÓN, C.A., contra PRODUCTOS MISTOLÍN, S.A., y otro. "Contrariamente a lo sostenido por el sentenciador de reenvío, esta Sala en sentencia N° RC-003 de fecha 7 de marzo de 2002, dictada en el juicio de Jean Fares Bassil y otros contra Abelardo Raidi Hosry, en la que se ratificó una sentencia de fecha 13 de mayo de 1980, expresó lo siguiente: '...nuestro derecho procesal sigue en materia de perención el sistema italiano ; la perención , conforme al artículo 203 del Código de Procedimiento Civil (sustituido por el artículo 269),  se verifica de derecho , vale decir, ope legis,  independientemente del requerimiento de la parte interesada y la consiguiente declaratoria judicial , la cual  no vendría sino a ratificar lo que virtualmente estaba consumado , pues la perención opera desde el momento mismo en que ha transcurrido el término prescrito por la ley, ya que conforme a la...

Vías para dejar sin efecto la cosa juzgada.

TSJ. Sentencia de la Sala Constitucional Nº 1344 del 10 de octubre de 2012, caso: JESSICA CAROLINA MARZORATI RAMÍREZ. “(…) las únicas vías mediante las cuales se puede dejar sin efecto la cosa juzgada que resulta de la sentencia definitiva y firme, en aquellos procesos viciados por la violación del derecho a la defensa en virtud del defecto en la actuación del defensor ad litem, serían el amparo y la revisión constitucional y que, en relación con las violaciones producto de los defectos en la citación, sólo las vías de la invalidación y la revisión constitucional permitirían dejar sin efecto la apariencia de cosa juzgada”.