TSJ. Sentencia de la Sala Plena N° 7, publicada el 5 de marzo de 2020, caso: JORGE LUIS TORRES contra MARITIMA CATIA LA MAR, S.A. “En este orden de ideas, se reproduce parcialmente el texto del fallo número 95, emanado en fecha cuatro (4) de noviembre de dos mil quince (2015) de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en la perspectiva de evidenciar que el criterio jurisprudencial relativo a la ‘…extemporaneidad…’ de cualquier declaratoria de incompetencia estando la causa en fase de ejecución se ha mantenido sustancialmente invariable en el conjunto de pronunciamientos jurisdiccionales que con posterioridad han abordado dicha cuestión. La referida sentencia número 95, sostuvo, al respecto, lo siguiente: (…Omissis…) En síntesis, hace parte de la Doctrina Jurisprudencial Patria el postulado jurídico consistente en considerar que es inadmisible toda solicitud de regulación de la competencia en causas que se encuentren en fase de ejecución de sentencias que hayan adquirido f
Este espacio ha sido creado con el objetivo de divulgar sentencias relevantes y criterios jurisprudenciales de las distintas Salas del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela para su aprovechamiento por parte de los estudiantes de derecho y abogados en general, así como también para informar sobre los cambios recientes en la legislación y artículos jurídicos de interés.