TSJ. Sentencia de la Sala de Casación Civil RECL00461 del 13 de agosto de 2009, caso: YAN CARLOS ROMERO GONZÁLEZ y otro. “Según el anterior criterio jurisprudencial, el reclamante cuenta con diez (10) o cinco (5) días hábiles siguientes al hecho o conducta obstaculizadora o impeditiva del ejercicio del recurso de casación o de hecho, según sea el caso, para la interposición del reclamo, lo que supone, lógicamente, su estadía a derecho, es decir, que haya podido tener conocimiento de dicha conducta o hecho para el momento de su ocurrencia”.
Este espacio ha sido creado con el objetivo de divulgar sentencias relevantes y criterios jurisprudenciales de las distintas Salas del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela para su aprovechamiento por parte de los estudiantes de derecho y abogados en general, así como también para informar sobre los cambios recientes en la legislación y artículos jurídicos de interés.