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Mostrando las entradas de julio 5, 2020

No es necesaria la ratificación en juicio de la inspección judicial evacuada extra-litem

TSJ. Sentencia de la Sala de Casación Civil RC-000012 del 23 de enero de 2020, caso: GINES RAMÓN QUINTERO ,  contra MARILIN LISBETH MARCANO. “ Sobre el particular, la  Sala mediante sentencia N° 221 de fecha  9 de mayo de 2013, caso: Conelbhen, S.A. contra César Enrique Díaz Peinado,   estableció: ‘… que  las inspecciones judiciales evacuadas extra-litem no requieren ser ratificadas en el futuro juicio para que ejerzan su valor probatorio  -como sí lo requiere por ejemplo la prueba por retardo perjudicial, que además exige la citación de la contraparte contra la cual ulteriormente se opondrá la prueba en juicio para su control-, pues para que tales probanzas sean admitidas y evacuadas fuera del proceso es necesario demostrar al juez que las efectúa, la necesidad o urgencia de que ciertos hechos o circunstancias puedan desaparecer o modificarse con el transcurso del tiempo, de manera que tales aspectos no constituyen un nuevo asunto sometido a un régimen de prueba posterior en el jui