TSJ. Sala Constitucional. Sentencia Nº 120, del 22.02.2012, caso: BANCO NACIONAL DE VIVIENDA Y HÁBITAT. “(…) en el ordenamiento jurídico pueden coexistir normas generales y especiales; generales inter pares que pertenezcan a sistemas jurídicos diferentes; así como normas generales y especiales enmarcadas en esos sistemas aislados. Bien podría plantearse disposiciones por cuyo silogismo y objeto guarden relación entre sí, pero la ubicación de cada una dentro del sistema normativo las separa, por lo que en realidad la aplicación de una jamás puede colidir y ofrecer un resultado distinto con respecto a la otra; su ubicación las separa por completo en razón de la diferenciación del orden sectorial en el cual cada una ejerce su ordenación”.
Este espacio ha sido creado con el objetivo de divulgar sentencias relevantes y criterios jurisprudenciales de las distintas Salas del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela para su aprovechamiento por parte de los estudiantes de derecho y abogados en general, así como también para informar sobre los cambios recientes en la legislación y artículos jurídicos de interés.