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Casación sobre los hechos. Error de derecho en el establecimiento de la prueba.

T.S.J. Sala de Casación Civil. Sentencia RC-000046 del 03-03-2015, caso: ROSETA DE SOUSA DE GONCALVES.

“El precedente criterio jurisprudencial, que hoy se reitera, da cuenta del vicio que la doctrina ha denominado: error de derecho en el establecimiento de la prueba, correspondiente la casación sobre los hechos, que debe ser denunciada con fundamento en los artículos 313, ordinal 2° y 320 del Código de Procedimiento Civil, cuya infracción tiene lugar al incumplir determinadas normas jurídicas que consagran formalidades procesales respecto a la promoción y evacuación de las pruebas, así como aquellas normas que consagran el respectivo medio de prueba o determinan los requisitos de su admisibilidad, o indican los modos procedimentales de su admisión o evacuación, por lo que al haber sido formulada la presente denuncia por defecto de actividad la misma debe desecharse por inadecuada fundamentación. Así se establece”.

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