TSJ.
Sala Constitucional. Sentencia Nº 341 del 22 de marzo de 2001, caso: VIERNES
ENTRETENIMIENTO C.A.
“(…) en
materia de amparo, el juez puede decretar pruebas de oficio después de la
audiencia oral, y si ellas atienden a la necesidad de aclarar dudas –razón
típica de los autos para mejor proveer- incluso pueden llevarse a cabo sin
aceptar la intervención de las partes, ya que las dudas las tiene el
sentenciador y es de él la iniciativa”.
Comentarios
Publicar un comentario