TSJ. Sala Constitucional. Sentencia N.º 1344 del 10 de octubre de 2012, caso: JESSICA CAROLINA MARZORATI RAMÍREZ
“…la Sala reitera que las únicas vías mediante las cuales se puede dejar
sin efecto la cosa juzgada que resulta de la sentencia definitiva y firme, en
aquellos procesos viciados por la violación del derecho a la defensa en virtud
del defecto en la actuación del defensor ad litem, serían el amparo y la
revisión constitucional y que, en relación con las violaciones producto de los
defectos en la citación, sólo las vías de la invalidación y la revisión
constitucional permitirían dejar sin efecto la apariencia de cosa juzgada”.
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