TSJ. Sentencia de la Sala de Casación Civil RC.000432 del 28 de junio de 2017, Caso: MORELA CHIQUINQUIRÁ PÉREZ TERÁN, contra FRANCISCO VÁSQUEZ PÉRÉZ y otro.
“(…) en lo adelante la Sala de Casación Civil del Tribunal
Supremo de Justicia podrá –a partir de la publicación del presente
fallo- pues con ello en modo alguno se viola la seguridad jurídica de
los justiciables ya que no se encuentran discutidos sus derechos adquiridos ni
la interpretación de normas jurídicas sustantivas (vid., sentencia N° 127 de
fecha 3 de abril de 2013, caso: Freddy Antonio Ávila Chávez y otros contra
María Eugenia Jiménez Jiménez, expediente N° 2012-000729), casar de
oficio el fallo recurrido en el cual se advierta la infracción de la ley por
falsa aplicación, errónea interpretación o falta de aplicación de una norma
jurídica sustantiva -aunque no se le hubiere delatado- para establecer un
verdadero Estado de Derecho y Justicia que permita al recurso de casación
cumplir con su verdadero fin, relativo a la unificación de la interpretación de
la legislación y de la jurisprudencia, optando las Magistradas y Magistrados
integrantes de esta Sala por asegurar con preferencia la efectividad supremacía
de nuestra Carta Política. Así se decide”.
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