La estimación de la demanda de honorarios profesionales en moneda extranjera no es causal de inadmisibilidad de la misma
TSJ. Sentencia de la Sala de Casación Civil RC.000128 del 27 de agosto de 2020, caso: DENNIS ENRIQUE FLORES MATOS y otro contra PROMOCIONES TOP 19-20, C.A.
“(…) la Sala declara que en el sub iudice ambos
juzgadores, infringieron el debido proceso al declarar inadmisible la demanda
por intimación y estimación de honorarios profesionales, sin estar fundamentada
debidamente en una causal de las señaladas en el artículo 341 del Código de
Procedimiento Civil, es decir, se estableció una condición de inadmisibilidad
que la ley no contempla, al considerar que la acción estaba circunscrita a una
pretensión en moneda extranjera y que no existía un contrato que respaldara la
pretensión, con lo cual resultaron infringidos los artículos 15, 341 y 370
ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil, por lo que mediante el
presente fallo se corrige el defecto detectado con el objeto de restituir tanto
el orden público, como el debido proceso violentados”.
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