El juez de amparo puede analizar normas de rango legal o sub legal para determinar la violación al derecho a la propiedad y a la libertad económica.
TSJ. Sala Constitucional. Sentencia N.º 467 del 6 de abril de 2001, caso: DISTRIBUIDORA VIFRASA, S.A.
“(…) hay casos en
los cuales para poder determinar si hay o no violaciones al derecho a la
propiedad y a la libertad económica, ello no implica que el juez que va a
decidir acerca de la violación del derecho constitucionalmente establecido, no
pueda proceder a analizar normas de carácter legal o sub legal; más aún, en
ciertos casos resulta imposible determinar si un derecho constitucional ha sido
violado, si no se analizan ciertas normas de rango legal que tienen por objeto,
precisamente, regular el ejercicio de dicho derecho (…)”
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