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Fuero paternal

TSJ. Sala Constitucional. Sentencia Nº 708 del 14 de agosto de 2017, caso: DIMAS FERNAN RIVAS VALLENILLA. “Ello así,  en virtud de todo lo expresado con fundamento en lo dispuesto en el ordenamiento jurídico venezolano esta Sala establece: 1) Para la acreditación del fuero paternal, el trabajador deberá consignar acta de nacimiento o la ficha de nacimiento con los datos de identificación del recién nacido, mediante los cuales se determina su condición de progenitor, de conformidad con lo dispuesto en los  artículos 117 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 8 de la Ley Para la Protección de las Familias, la Maternidad y de la Paternidad; 2)  No podrá beneficiarse del fuero paternal quien la alegue ante la presencia simultánea del matrimonio y del concubinato o cualquier otra unión estable de hecho, pues se desnaturalizaría el objetivo de la institución de protección familiar de fuero paternal".  

Informe técnico pericial extra litem

TSJ. Sentencia de la Sala de Casación Civil RC.000018 del 28 de enero de 2020, caso: FRIGORÍFICO LA MANSIÓN DEL ESTE C.A., y otra contra INVERSORA JEAPA C.A., y otras. “La Sala comparte los anteriores criterios doctrinales, y en consecuencia, deja sentado que el informe técnico o pericial es documento en sentido amplio, y por esa razón debe ser ratificado en el juicio de conformidad con lo previsto en el artículo 431 del Código de Procedimiento Civil, en cuyo caso la prueba que se forma en el proceso es la testimonial. Por cuanto el informe técnico queda comprendido en el testimonio, respecto del que las partes pueden interrogar y repreguntar, el contenido de éste pasa a integrar la prueba testimonial formada en el proceso, por lo que ambos –informe e interrogatorio- deben ser apreciados de acuerdo con lo previsto en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.  (Cfr. Sentencia de 25 de febrero de 2004, Exp. 01-464, Caso: Jacinto Chaparro) ” .

Inadmisible la regulación de competencia en fase de ejecución

TSJ. Sentencia de la Sala Plena N° 7, publicada el 5 de marzo de 2020, caso: JORGE LUIS TORRES contra MARITIMA CATIA LA MAR, S.A. “En este orden de ideas, se reproduce parcialmente el texto del fallo número 95, emanado en fecha cuatro (4) de noviembre de dos mil quince (2015) de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en la perspectiva de evidenciar que el criterio jurisprudencial relativo a  la ‘…extemporaneidad…’  de cualquier declaratoria de incompetencia estando la causa en fase de ejecución se ha mantenido sustancialmente invariable en el conjunto de pronunciamientos jurisdiccionales que con posterioridad han abordado dicha cuestión. La referida sentencia número 95, sostuvo, al respecto, lo siguiente: (…Omissis…) En síntesis,   hace parte de la Doctrina Jurisprudencial Patria el postulado jurídico consistente en considerar que es inadmisible toda solicitud de regulación de la competencia en causas que se encuentren en fase de ejecución de sentencias qu...

Tuición particular de los usuarios del sistema financiero. Reconocimiento de su condición de débil jurídico. Carácter de orden público e interés social.

TSJ. Sentencia de la Sala Constitucional N° 1107 del 10 de julio de 2008, caso: LUIS ERNESTO TORRE  y  RAFAEL VARGAS , ahorristas del Banco Consolidado Aruba N.V. “(…)  en materia de orden público e interés social como es el sistema financiero, se persigue proteger de forma mediata los derechos de los usuarios del sistema y de forma mediata a la sociedad en general, ya que la experiencia demuestra que en la mayoría de los casos, las crisis de los sistemas financieros resultan sistémicas y afectan el orden económico de la totalidad nación. (…Omissis…) (…) en el marco de las relaciones comerciales desarrolladas por los sujetos sometidos al ordenamiento estatuario de la banca y demás instituciones financieras; debe considerar el criterio de esta Sala relativo al contenido del principio de libertad económica; en las cuales  los usuarios de los servicios prestados por  la Banca , las Entidades de Ahorro y Préstamo y otras entidades financieras, se les reconoce su...

Competencia exclusiva del Fiscal General de la República para solicitar el sobreseimiento o la desestimación de la denuncia formulados contra Altos Funcionarios.

TSJ. Sentencia de la Sala Plena N°6, del 14 de enero de 2010, caso: HERMANN ESCARRÁ MALAVÉ c/ PRESIDENTE HUGO CHÁVEZ FRÍAS. “Aun cuando el Código Orgánico Procesal Penal,  la Ley Orgánica  del Tribunal Supremo de Justicia y  la Ley Orgánica  del Ministerio Público no prevén los supuestos referidos a las solicitudes de sobreseimiento o de desestimación de la denuncia a favor del Presidente o Presidenta de  la República  o quien haga sus veces, así como a favor de los demás Altos Funcionarios, en razón de su trascendental importancia y del obligatorio respeto a los derechos y garantías constitucionales, entre los que destaca la seguridad jurídica, una interpretación sistemática del ordenamiento jurídico vigente permite concluir que el Fiscal o  la Fiscala General  de  la República , en tanto Máximo Representante del Ministerio Público, es competente no sólo para proponer la solicitud de antejuicio de mérito, sino también para proponer...

Competencia de los tribunales en materia de violencia de género

TSJ. Sala de Casación Penal. Sentencia N° 323 del 9 de agosto de 2011, caso: Misaidy Beredy Pérez García c/ Albis Enrique Valbuena Sierra. "(...) no siempre que en un hecho, objeto de una causa penal, la víctima sea persona del sexo femenino, la competencia para dirimir dicha controversia, corresponde a los tribunales especiales de violencia contra la mujer, por cuanto es ineludible que la competencia de los tribunales especiales en materia de violencia de género, va a ser determinada si la acción objeto de la causa, se realizó bajo un provecho derivado de la diferencia, inferioridad, o desigualdad por el género. Aunado a lo anterior, determinada la competencia especial de la materia de violencia contra la mujer, la condición del sujeto pasivo del hecho disvalioso, la condición de mujer, y que se haya realizado la acción por un acto sexista".

Lesiones personales. Fuero de atracción (Violencia de género)

TSJ. Sentencia de la Sala Constitucional N° 449 del 19 de mayo de 2010, caso: EDUARDO JOSÉ GARCÍA GARCÍA "Ello así y a la luz de las consideraciones que han quedado expuestas, esta Sala, dada la especialidad de los tribunales en materia de violencia de género y en atención a lo dispuesto por los artículos 118 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en relación con el artículo 42 eiusdem, considera que existe un fuero de atracción respecto a la competencia por la materia de los tribunales especializados en violencia de género, a cuyo efecto, siempre que se impute el delito de lesiones en todas sus calificaciones previstas en el Código Penal, la competencia por la materia corresponderá a los juzgados con competencia en materia de violencia de género, así concurra con la imputación de delitos cuya competencia corresponde a los jueces penales ordinarios, ello a los fines de garantizar el debido proceso y el juez natural, siendo además que ...