Ir al contenido principal

Entradas

Mostrando las entradas con la etiqueta Enfermedad ocupacional

Distinción entre la oportunidad para exigir las indemnizaciones laborales en materia de accidente o infortunios laborales y la oportunidad en la que comienza a computarse el lapso de prescripción de este tipo de reclamaciones.

TSJ. Sala de Casación Social. Sentencia Nº 962 del 9 de agosto de 2010, caso: RAFAEL SEGUNDO VERA MORILLO, contra COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A. “(…) no podemos confundir, la oportunidad para exigir las indemnizaciones laborales en materia de accidente o infortunios laborales con la oportunidad en la que comienza a computarse el lapso de prescripción de este tipo de reclamaciones. Es decir, todo trabajador tiene derecho a reclamar las indemnizaciones correspondientes a enfermedades, accidentes o infortunios laborales, sin embargo, dicha pretensión deberá ejercerla antes de cumplirse cinco (5) años contados a partir de que sea certificado el origen ocupacional de la enfermedad o accidente o a partir de la fecha en la que finalice la relación de trabajo, haciendo énfasis la Ley, en que será a partir del acontecimiento que ocurra de último. De lo anterior, abunda la Sala que, ocurrido un accidente o constatada una enfermedad, el trabajador aun cuando continúe prestando sus servi...

La certificación de INPSASEL respecto del origen del accidente de trabajo o de la enfermedad ocupacional no es un requisito para presentar una demanda por estos conceptos.

TSJ. Sentencia de la Sala de Casación Social Nº 883 del 15.10.2013, caso: ANTONIO JOSÉ HERNÁNDEZ , contra MINI BRUNO SUCESORES, C.A. “Las demandas por infortunios laborales no están condicionadas a la certificación del infortunio laboral, de allí a que la Ley Orgánica Procesal del Trabajo no haga mención a la necesidad de este documento para presentar la demanda, tal y como se observa en su artículo 123 que dispone: Artículo 123 . Toda demanda que se intente ante un Tribunal del Trabajo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución se presentará por escrito y deberá contener los siguientes datos: (…Omissis…) Cuando se trate de demandas concernientes a los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, además de lo indicado anteriormente, deberá contener los siguientes datos: 1. Naturaleza del accidente o enfermedad. 2. El tratamiento médico o clínico que recibe. 3. El centro asistencial donde recibe o recibió el tratamiento médico. 4. Natu...