TSJ.
Sentencia de la Sala Constitucional Nº 121 del 11.03.2016, caso: GRANITOS DE
ANZOÁTEGUI, C.A.
“De lo anterior se concluye
que, el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito del
Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, decretó una
reposición inútil, con lo cual vulneró el derecho a la tutela judicial
efectiva, puesto que luego de declarar la nulidad de la sentencia apelada,
debió proceder a decidir el fondo de la controversia como consecuencia del
efecto devolutivo del recurso de apelación, corrigiendo el vicio detectado, de
modo de garantizar el equilibrio de las partes en el juicio.
En virtud de las
consideraciones que se expusieron, esta Sala concluye HA LUGAR la solicitud de
revisión propuesta, en consecuencia, se declara NULA la sentencia que
dictó el Juzgado Superior (…)”.
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