TSJ. Sentencia de la Sala de Casación Civil
del 31 de octubre de 2000, expediente Nº 99-1001, caso: CARLOS ENRIQUE PIRONA
KOSTER, contra ESTRUCTURA
Y MONTAJES C.A. ESTYMONCA.
“Ahora bien, conforme con lo transcrito, el
ad quem determinó que el hecho de ejercer el derecho de denuncia, sin que se
hubiera establecido en el fallo de la instancia penal su falsedad, su carácter
reiterado o que se hubiera desistida de ella, no constituyó abuso del derecho
del denunciante en aquella jurisdicción. En este sentido, considera la Sala que
el Juez Superior hizo la correcta interpretación del artículo denunciado, ya
que el ejercicio de las vías
legales en forma honesta y prudente para determinar la comisión o no de un
hecho punible, no puede exponer al accionante a una condena por daños y
perjuicios. De existir la mala fe o falsedad en la denuncia la propia ley
procesal penal, tanto la derogada como la actual (artículo 300 Código Orgánico
Procesal Penal), establece la presunción de responsabilidad”.
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