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Horas extras, domingos y feriados (carga de la prueba).


TSJ. Sala de Casación Social. Sentencia Nº 125 del 05.04.2013, caso: CARLOS AUGUSTO SOSAYA LÓPEZ, contra SERENOS RESPONSABLES (SERECA) C.A.

“En relación con la violación del artículo 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala trae a colación la sentencia N° 797 de fecha 16 de diciembre de 2003, caso Teresa de Jesús García contra Teleplastic C.A. que hace referencia a la carga de la prueba cuando se reclaman horas extras o días feriados.
Ha establecido esta Sala, que cuando el trabajador reclama el pago de acreencias distintas o en exceso de las legales o especiales, como horas extras o feriados trabajados, la parte demandada no está obligada a exponer los fundamentos de su negativa de ocurrencia o procedencia. Es decir, no está obligada a fundamentar una negativa pura y simple.
En dichos casos, para que pueda ser declarada procedente la reclamación, corresponde a la parte demandante probar que verdaderamente trabajó en condiciones de exceso o especiales, que ciertamente trabajó todos los domingos durante los veintiún (21) años que aduce duró la relación de trabajo entre el ciudadano José Inocencio Avendaño Ramírez y la demandada.
De conformidad con el criterio de la Sala antes transcrito, la demandada no está obligada a fundamentar la negación de las horas extras alegadas, y en consecuencia la recurrida no incurrió en la violación del artículo 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo denunciado”.

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