TSJ.
Sala de Casación Social. Sentencia Nº 125 del 05.04.2013, caso: CARLOS AUGUSTO
SOSAYA LÓPEZ,
contra SERENOS RESPONSABLES (SERECA) C.A.
“En relación con la violación
del artículo 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala trae a
colación la sentencia N° 797 de fecha 16 de diciembre de 2003, caso Teresa de
Jesús García contra Teleplastic C.A. que hace referencia a la carga de la
prueba cuando se reclaman horas extras o días feriados.
Ha establecido esta Sala, que
cuando el trabajador reclama el pago de acreencias distintas o en exceso de las
legales o especiales, como horas extras o feriados trabajados, la parte
demandada no está obligada a exponer los fundamentos de su negativa de
ocurrencia o procedencia. Es decir, no está obligada a fundamentar una negativa
pura y simple.
En dichos casos, para que pueda
ser declarada procedente la reclamación, corresponde a la parte demandante
probar que verdaderamente trabajó en condiciones de exceso o especiales, que
ciertamente trabajó todos los domingos durante los veintiún (21) años que aduce
duró la relación de trabajo entre el ciudadano José Inocencio Avendaño Ramírez
y la demandada.
De conformidad con el criterio
de la Sala antes transcrito, la demandada no está obligada a fundamentar la
negación de las horas extras alegadas, y en consecuencia la recurrida no
incurrió en la violación del artículo 135 de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo denunciado”.
Comentarios
Publicar un comentario