TSJ. Sala Constitucional. Sentencia Nº 738 del 11/08/2016.
(…)
declara nulas por inconstitucionales las disposiciones previstas en los
artículos 394 y 395 del Código Penal, normas que contemplan los tipos penales
de adulterio, por ser contrarias, tal como están concebidas, a los principios
de igualdad, no discriminación de la mujer y respeto a la dignidad
humana consagrados en los artículos 2, 3 y 21 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela, con ocasión a los planteamientos asumidos
por la accionante, por la Defensoría del Pueblo, por el Ministerio Público y
por la Asamblea Nacional”.
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