TSJ. Sentencia de la Sala Constitucional N.º 1570 del 12/11/2013, caso: PFIZER VENEZUELA S.A.
“…la diligencia debida viene a ser el
comportamiento que un buen padre de familia debe desarrollar sobre actividades
respecto de las cuales el Estado ejerce su poder regulatorio y se determina, en
cada caso concreto, conforme a ciertos parámetros como son: la familiaridad del
infractor con la actividad que constituye el ilícito, la profesión del
infractor y, en general, cualquier otro parámetro que evidencie que una persona
se encuentra relacionada a una materia y que esa relación presupone el
conocimiento de una conducta predeterminada”.
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